Obligación de la Distribuidora. Transcurrido el plazo de 5 días luego del vencimiento de la factura del servicio, sin que se haya efectuado el pago por el Usuario, y previamente a la suspensión del servicio, la Distribuidora tiene la Obligación de notificar al Usuario con no menos de veinticuatro (24) horas de anticipación a la […]
