En el marco de la intervención regulatoria del E.P.R.E., que tiene por objeto garantizar una “relación de consumo” justa y equitativa, procurando atenuar las notables asimetrías y desequilibrios entre el Concesionario monopólico del Servicio Público respecto del usuario que es cautivo de ella, se ha emitido la Resolución E.P.R.E. Nº 821/21, mediante la cual se dispone la aplicación de sanciones a Energía San Juan S.A. por la “Calidad Comercial” brindada a los Usuarios (Demoras en Conexión, Atención de Reclamos, Suspensiones Erróneas, Inconvenientes en el Envío de Facturas, etc.).
Las sanciones definidas en Resolución E.P.R.E. Nº 821/21, se suman a las ya acreditadas por Energía San Juan S.A. a los Usuarios, calculadas y aplicadas por la Distribuidora como “autosanción” en el marco de la normativa vigente, una vez concluido el semestre.
Cuadro Síntesis de Sanciones:
BO Res 821-21
Resolución publicada en Boletín Oficial en fecha 15/10/21.