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SUBSIDIOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO EN CRISIS HÍDRICA

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SUBSIDIOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO EN CRISIS HÍDRICA.

BENEFICIO EN LAS FACTURAS DE ELECTRICIDAD DE SUMINISTROS QUE ABASTECEN BOMBAS DE EXTRACCIÓN DE AGUA SUBTERRÁNEA
DESTINADA AL RIEGO AGRÍCOLA

Disposiciones en Decreto Nº 0039/22 – Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

Teniendo en cuenta la situación de extrema escasez del recurso hídrico superficial para la temporada estival 2021-2022, y la consecuente necesidad de mayor utilización de las bombas de extracción de agua para Riego Agrícola, mediante Decreto Nº 0039/22 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, se ha dispuesto asignar subsidios de carácter extraordinario, destinados a solventar los mayores costos asociados al consumo de electricidad en suministros que accionan bombas de extracción de agua destinada al riego agrícola, abarcando los consumos registrados por los medidores en el período diciembre de 2021 a abril de 2022, ambos inclusive.

 

Subsidios dispuestos.

Los subsidios extraordinarios dispuestos, son adicionales a los subsidios en suministros encuadrados en la tarifa de “Riego Agrícola”, y reducirán el impacto del uso intensivo de electricidad para extracción de agua en la presente campaña productiva.

En el esquema de esfuerzo compartido, el titular del suministro que alimenta el equipo de bombeo de agua abona el costo del consumo identificado como “característico”, calculado como promedio del uso en temporadas de recurso hídrico adecuado.

Se subsidia el consumo excedente por el mayor uso de las bombas de extracción de agua (incrementos de hasta el 50% en el consumo), considerando las tarifas que abona el usuario en el horario de “punta”.

 

Mecánica de asignación de subsidios.

Se ha conformado en el E.P.R.E. un Registro de Suministros de Beneficiarios del Subsidio Tarifario Extraordinario al Riego Agrícola, quedando automáticamente incorporados en el mismo, los suministros encuadrados en la tarifa de Riego Agrícola.

Las personas usuarias que requieran ser incluidos en el Registro de Suministros de Beneficiarios del Subsidio Tarifario Extraordinario y cuyo suministro no esté encuadrado en tarifa de Riego Agrícola, deben presentar una Declaración Jurada por ante el E.P.R.E., expresando que, el suministro declarado abastece una bomba de extracción de agua subterránea destinada a la actividad de riego agrícola.

Los suministros encuadrados en la tarifa de Riego Agrícola se han incorporado automáticamente al registro, y verán reflejados el subsidio en sus facturas sin necesidad de presentación alguna.

La Declaración Jurada es necesaria para suministros que abastecen bombas de agua para riego agrícola y se encuadran en otras categorías tarifarias (T1G, T2, etc.). El Departamento de Hidráulica realizará un control complementario posterior de la veracidad de las Declaraciones Juradas.

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