0800 333 6666

Atención telefónica

Atención WhatsApp

reclamos@epresanjuan.gob.ar

Correo electrónico

0800 333 6666

Atención telefónica

Atención WhatsApp

Tarifa Social

LEY Nº 1884-A CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN - TARIFA SOCIAL

La Tarifa Social Provincial apunta a cuidar a los sectores más vulnerables de toda la provincia otorgándoles el beneficio de acceder a los servicios con precios acordes a su situación de vulnerabilidad.

Si Ud. no ha resultado beneficiario de la Tarifa Social y cumple con alguno de los siguientes requisitos:

  • Ser jubilada/o, pensionada/o y/o trabajador/ en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM): $130.854 según el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de NOVIEMBRE de 2022.
  • Trabajadores “monotributistas” inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Ser beneficiaria/o de programas sociales.
  • Estar inscripta/o en el régimen de Monotributo social.
  • Ser empleada/o del servicio doméstico.
  • Estar percibiendo el seguro de desempleo.
  • Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Contar con certificado de discapacidad.

Y además no se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

  • Es titular de más de un inmueble.
  • Posee automotores de hasta 10 años de antigüedad (excepto quienes posean certificado de discapacidad).
  • Posee embarcaciones o aeronav58

Se destaca que tal como se establece en la Ley Provincial Nº 1884 – A, la Tarifa Social será de aplicación para suministros beneficiarios cuya energía bimestral facturada sea de hasta 1500 kWh – bimestre.

Para descargar el formulario haga clic en el siguiente botón

Validando conexión